viernes, 15 de abril de 2022

Desmontando a la AECC, la asociación supuestamente benéfica que contrata delincuentes

 

Seguramente algunos habrán leído en su momento la entrada enla cuál desmonto al psicólogo que paga a cierta página web para no permitir lapublicación de comentarios negativos acerca de su actividad (que nunca calumniosos, difamantes o injuriosos). Pese a ello, a quienes no lo hayan leído, aquí está el enlace para acceder rápidamente y poder saber en que consiste la conducta del señor Rafael “Rafa” Castell.

 

Rastreando con otras intenciones la red social de la formalidad por excelencia, Linked In, me topé de forma casualmente con el Sr. Castell, el mismo que en su momento cometió una estafa con tal de quedarse indebidamente 60 € que me pertenecían.

 

En el perfil de Linked In del Sr. Castell especifican que su actual empleador es la Asociación Española Contra el Cáncer (de ahora en adelante, AECC), y en concreto, su cargo es, de acuerdo al perfil, de “Responsable del área de Bienestar Emocional”.

 


                                                        Fotografías: Captura de pantalla de Linked In. 

 

Se da a entender que por desempeñar este cargo el Sr. Castell está recibiendo una retribución muy elevada, además de la posibilidad de que además de ello, esté también haciendo la práctica delictiva descrita en la anterior entrada. No se ha encontrado ninguna información al respeto por ahora.

 

Mirando la página web propia de la AECC, no especifica en ningún lugar la retribución que recibe el Sr. Castell o alguien con un cargo equivalente, pese a existir un apartado bastante visible de “Transparencia”, es decir, que hace públicos los datos que podrían ser comprometedores.

 

Fotografía: Captura de pantalla de la página web de la AECC. Mediante uso de Photoshop se ha añadido el cuadro rojo para remarcar la parte de "Transparencia". 

 

¿DEBERÍA LA AECC RESPODNER AL RESPETO?

 

La respuesta rápida es .

 

Y es muy sencillo.

 

Todo aquello que sea financiado con dinero público debe ser limpio y no ser destinado a la financiación de prácticas delictivas que, a la larga, repercuten negativamente en la sociedad.

 

Y la AECC recibe dinero público, tal y cómo especifica en su propia página web.

 

Según el dato de publicación más reciente (a fecha del miércoles 9 de febrero del 2022), la AECC recibió un total de 4 subvenciones estatales, cuyo valor suma un total de 266.379,25 € (lo escribo en letras, por sí alguien tiene dudas: Dos cientos sesenta y seis mil, trescientos setenta y nueve con veinticinco Euros). Este dato cuenta únicamente las subvenciones estatales, dejando sin datos (por ahora) cualquier subvención autonómica o local.

 

Fotografía: Captura de pantalla de la página web de la AECC, cuyo apartado de "Transparencia" especifica el informe a fecha 9 de febrero del 2022 con el presente resultado


Partiendo de que España tiene actualmente una población de 47.326.687 habitantes, según la última actualización realizada a fecha 1 de julio del 2021, nos da que las subvenciones que recibe la AECC para contratar a un delincuente cuesta 0,006 € por ciudadano (englobando toda la población, incluyendo niños, jubilados y extranjeros). Es decir, que cada ciudadano ha sido obligado a pagar algo más de medio céntimo de Euro para financiar a una entidad de delincuentes.


En un principio puede no parecer una cifra muy grande, pero sí se multiplica por los más de 47 millones de contribuyentes, entonces sí se logra una cifra elevada.

 

¿REALMENTE ES UN DELINCUENTE EL SR. CASTELL?

 

Y, cómo hemos dicho antes, con la respuesta corta, , lo es.

 

De acuerdo a la RAE, un delincuente es “Quién delinque o comete un delito”. Y un delito es, según la RAE:

 

-          Primera acepción: “Culpa, quebrantamiento de la ley”.

-          Segunda acepción: “Acción o cosa reprobable”.

-          Tercera acepción: “Acción u omisión voluntaria o imprudente penada por la ley”.

 

Pese a existir más definiciones dadas por la RAE, las demás son palabras compuestas que no aplican en el presente contexto.

 

Y cómo se comentó anteriormente, el Sr. Castell mintió con tal de quedarse con el dinero de otra persona (yo, y probablemente otros afectados por el mismo método). Y el acto de mentir para apropiarse de algo que es de otra persona tiene nombre:

 

ESTAFA.

 

Con tal de demostrar que no uso a la ligera la palabra “Estafa”, voy a proceder a la consulta del Código Penal, un documento de 201 páginas cuya publicación y aprobación data del 23 de noviembre del 1995.

 

Dado que se trata de un documento de interés general, su uso es totalmente público y gratuito, y se puede acceder a él mediante la página web del BOE.

 

Dada su extensa longitud, nos centraremos exclusivamente en la parte centrada en la estafa:

 

En el capítulo VI, que se encuentra en la página 93, se encuentra la parte penal de la comisión de una estafa, reconocida por el artículo 248.

 

La primera parte del artículo 248 reconoce la comisión de una estafa cómo “Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.”.

 

Por lo tanto, se queda más que demostrado que el Sr. Castell es un delincuente que ha cometido el delito de estafa para inducir a otra persona a realizar un acto de disposición en perjuicio ajeno, para obtener algo que no le corresponde (en este caso, dinero).

 

Pese a que lo lógico es que proceda a devolver el dinero a las personas afectadas (es probable que yo no sea el único afectado), esta sólo sería de aplicación sí la cuantía defraudada es inferior a 400 € (en mí caso, fueron 60 €), y por lo tanto, su penalización sería de multa de uno a tres meses (hasta lograr recuperar la cuantía estafada).

 

Pese a ello, el artículo 249 del código penal reconoce, cómo sanción del delito de estafa, lo siguiente:

 

Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años.

Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto

económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios

empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la

infracción.”.

 

Es decir, que al existir varios afectados, el Sr. Castell debería estar en la cárcel un mínimo de 6 meses. Pese a esto, de ser mí la decisión y no de un juez (que probablemente esté corrupto cómo es habitual en España), se impondría la pena máxima, que es de 3 años.

 

Por último, existe el artículo 250 del propio código penal, que reconoce posibles agravantes o atenuantes de los crímenes cometidos por el Sr. Castell, que comprende:

 

-          Artículo 250, apartado 4º: “Revista especial gravedad, atendiendo a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que deje a la víctima o a su familia.”. Puesto que en aquel entonces yo me encontraba en una situación económica crítica, llevando más de dos años sin absolutamente ningún ingreso económico, y con mí capacidad económica al límite de la quiebra personal (siendo además algo que puedo demostrar), no permitiéndome ni siquiera comprar ciertos alimentos. En este caso, la pena pasa a ser de entre uno y seis años de cárcel, además de conllevar sanción económica.

 

CONCLUSIÓN:

 

En primer lugar, piénsate muy bien a quién dar tu dinero.

 

Sobretodo, no se lo des a la AECC, sí esta “juega” con tu dinero con tal de mantener a delincuentes cargados de fajos de billetes en lugar de estar en el lugar dónde deberían estar, que es en la cárcel.

 

Y, por último, dado el elevado número de pruebas facilitadas y los documentos con valor legal facilitados en la presente entrada, existen razones más que suficientes cómo para demostrar que alguien cómo Rafael Castell debería estar en la cárcel durante mucho tiempo.

 

Conviene recordar que en todos los casos se han usado siempre métodos totalmente legales para obtener las informaciones aquí facilitadas, puesto que en todos los casos son informaciones públicas.

 

Animo a todo el mundo a desconfiar tanto de la AECC cómo del Sr. Rafael Castell, ambos crean  un dúo de la sinvergonzonería que bien valdría para la mejor película sobre estafas que podrían hacer en Hollywood.

 

 

 

martes, 15 de marzo de 2022

DESMONTANDO A VLADIMIR PUTIN, EL ANIMALISTA GENOCIDA

 

Desde hace ya algunos días, la sociedad en todo el mundo está siguiendo, a través de los distintos medios informativos, la triste invasión que Rusia, país liderado por su presidente Vladimir Putin, está realizando sin razón aparente (la versión oficial de Rusia es la “desnazificación y desmilitarización del país”) hacía su país vecino Ucrania.

 

Y, por otro lado, tenemos otro tema que, pese a su carencia de sentido, acapara suficiente atención cómo para ser considerado un objetivo electoral en el ámbito político: Los supuestos derechos de los animales.

 

Seguro que más de uno y de una que está ahora leyendo el presente texto se preguntará: ¿Qué tiene que ver Vladimir Putin con los derechos animales?

 

Empecemos en orden:

 

Vladímir Vladimirovich Putin (de ahora en adelante referido cómo Putin), nacido en 1952 en San Petersburgo (por aquel entonces llamada Leningrado en la Unión Soviética) es presidente de Rusia desde 2012, habiendo ocupado el mismo cargo también con anterioridad en el período de 1999 a 2008.


Vladimir Putin. Fotografía: Diario El Independiente. 


De acuerdo a la página web delKremlin en inglés (un servidor desconoce el idioma ruso), los intereses particulares de Putin giran entorno a los siguientes ejes: Deporte, protección animal, vehículos, y ocio. 

 

De acuerdo al propio texto, Putin se define cómo: “Vladimir Putin enjoys watching animals in their natural habitat and taking part in scientific projects. He is Chairman of the Russian Geographical Society’s Board of Trustees, and is actively engaged in the protection of rare species by overseeing the respective programmes. The animal species under his personal patronage are the Amur tiger, white whale, polar bear and snow leopard.”

 


Fotografías: Capturas de pantalla de la página web del Kremlin en inglés. 


Que se traduciría cómo: “Vladimir Putin disfruta viendo animales en su hábitat natural y tomando parto en proyectos científicos. Él es el presidente de la junta directiva de la sociedad geográfica rusa, y está activamente vinculado en la protección de especies raras a través de la supervisión de sus respectivos programas. Las especies animales bajo su mecenazgo particular son el tigre de Amur, la ballena blanca, el oso polar y el leopardo de nieve”.

 

Pese a que el texto sigue, sólo veríamos proyectos concretos en los que Putin participa o ha participado en alguna ocasión. Pero la parte resumida consiste en que Putin tiene un fuerte compromiso y hace aportaciones particulares suyas a proyectos en defensa de los animales.

 

Por otro lado, somos testigos que, desde el pasado 24 de febrero del 2022, el ejercito ruso, por orden explicita de Putin, está realizando una invasión militar con el objetivo de hacerse con el control de Ucrania. Pese a perseguir varios objetivos, el principal es Kiev, la capital del país.

 

Y pese al supuesto compromiso de Putin a realizar uso del protocolo estrictamente militar, ya ha realizado varios ataques (con la destrucción total o parcial) de equipamientos civiles tales cómo escuelas, hospitales o viviendas, llegando incluso a atacar instalaciones civiles de alto riesgo tales cómo centrales nucleares (en Ucrania, país de gran tradición en energía nuclear).

 

Toda esta masacre dirigida por Putin ha provocado un elevado número de muertes ajenas al ámbito militar, cuyas cifras reales varían día tras día, e incluso en función de la fuente de información usada, razón por la cuál desde aquí no especificaré la cifra exacta al ser muy variable. Además de ello, también ha provocado un éxodo masivo de ucranianos y ucranianas hacía otros países, en búsqueda de una zona segura.

 

Pero, antes de usar palabras en vano, veamos lo que significa cada palabra:

 

De acuerdo a la RAE, un “Genocida” es “Quién comete genocidio”, palabra que, a su vez, significa “Exterminio o eliminación sistemática de un grupo humano por motivo de raza, etnia, religión, política o nacionalidad”.

 

Por otro lado, la RAE define a un “Animalista” cómo a alguien “Que defiende los derechos de los animales”.

 

Es decir, que Vladimir Putin es, por un lado, animalista, y por el otro, un genocida al eliminar a un “grupo humano”, en este caso por nacionalidad (Ucraniana) y de raza o etnia (cualquiera de las existentes en Ucrania).

 

Lo cuál demuestra la doble moral, no sólo de Putin, si no también de toda persona perteneciente al colectivo animalista o que simpatiza con el mismo: Por un lado pueden exterminar masivamente a varias personas, sin causa razonable, mientras los derechos de los animales están intactos y lo consideramos importante.

 

Que no os engañen con los movimientos favorables a los derechos de los animales, igual que a Putin, los derechos de gran parte de las personas están ninguneados mientras los animales “vivan bien”.

 

Que toda la sociedad sepa cómo son aquellos y aquellas que pertenecen al colectivo animalista. Son cómo Putin: A quienes tú le importas nada, prefieren la vida de un animal que la tuya propia.